Arrendamiento puro vs. arrendamiento financiero para paneles solares: ¿cuál conviene?
El arrendamiento puro se deduce al 100% como gasto operativo; el financiero capitaliza el activo y te lo quedas al final sin pago extra. Así se decide entre ambos.
La diferencia en una frase
En el arrendamiento puro pagas una renta que tu empresa deduce al 100% de ISR como gasto operativo, y al final del contrato ejerces una opción de compra para quedarte el sistema. En el arrendamiento financiero pagas rentas fijas que funcionan como un financiamiento del activo, y al terminar el plazo el sistema pasa a ser tuyo sin ningún pago adicional.
Ambos aplican para proyectos con paneles solares, baterías o ambos, y en ambos la renta mensual se diseña para ser menor que lo que hoy pagas a CFE: tu flujo es positivo desde el primer mes sin invertir capital.
Tabla comparativa
| Criterio | Arrendamiento puro | Arrendamiento financiero |
|---|---|---|
| Desembolso inicial | $0 | Cero o anticipo bajo |
| Pago mensual | Renta fija menor a CFE | Renta fija menor a CFE |
| Deducción fiscal | Renta 100% deducible ISR | Depreciación + carga financiera, según estructura |
| Impacto en balance | Gasto operativo · impacto mínimo | Se capitaliza el activo (lo valida tu contador) |
| Propiedad al final | Opción de compra (pago simbólico) | Automática, sin pago extra |
| Mantenimiento | Incluido | Incluido |
| Perfil típico | Empresas que priorizan deducción y balance limpio | Empresas que quieren capitalizar el activo desde el inicio |
¿Cómo decidir? Tres preguntas para tu contador
- ¿Nos conviene más deducir la renta completa como gasto (puro) o depreciar el activo (financiero)?
- ¿Queremos que el sistema aparezca en el balance desde el día 1 o hasta ejercer la opción de compra?
- ¿Tenemos covenants bancarios o razones financieras que se afecten al registrar deuda o activo?
Lo que no cambia entre esquemas
La ingeniería, los equipos Tier 1, la garantía de generación de 25 años, el mantenimiento incluido y el trámite CFE son idénticos en ambos esquemas. En IEA Energy corremos los números de los dos con tu recibo real para que tu equipo financiero decida con cifras, no con folletos.
Preguntas frecuentes
¿El arrendamiento puro es 100% deducible de impuestos?
Sí. La renta del arrendamiento puro es deducible al 100% de ISR como gasto operativo, conforme a la LISR vigente. Tu contador valida el tratamiento específico según la estructura de tu empresa.
¿Qué pasa al final del contrato de arrendamiento financiero?
El sistema pasa a ser propiedad de tu empresa automáticamente, sin pago adicional, con 20+ años de vida útil restante generando energía prácticamente gratis.
¿Puedo incluir baterías en el arrendamiento?
Sí. Tanto el arrendamiento puro como el financiero pueden cubrir el sistema completo: paneles, baterías de respaldo o control de demanda, e infraestructura eléctrica.
¿Quieres los números exactos para tu negocio?
Analizamos tu recibo CFE gratis y te comparamos crédito, arrendamiento y pago directo con cifras reales.
Cotizar en 2 minutos